Marco Legal

La ley 26912, establece la obligatoriedad de los controles antidopaje en Argentina circunscribiéndolos solamente al ámbito federativo, esto es, no comprende pruebas fuera de ese ámbito.Si bien El Club Amigos del Deporte – ASOCIACION CIVIL es una entidad privada, autorizada por el Gobierno de la Pcia de Cba (Pers. Jurídica Nº 308/04) y gestionó la realización de los Controles antidopaje ante la CNAD, pero al no estar afiliada a ninguna federación, la realización por esta vía fue inviable.A su vez, los laboratorios certificados WADA, tienen vedado la realización de controles antidopaje a organizadores que no estén federados..-Pese a ello, se decidió realizar los controles antidoping en el Rio Pinto Xtrail, para lo cual se aplicó un reglamento interno aprobado por la Comisión Directiva del Club, se convocó personal idóneo y con experiencia en la materia, contratándose un reconocido laboratorio argentino, respetándose las normas en lo que respecta a la toma y guarda de muestras, el debido respeto a los derechos del deportista, protegiéndose el juego limpio y la salud del deportista al adoptar la visión WADA, “Un mundo donde todos los atletas pueden competir en un entorno deportivo sin dopaje”.-